Primera Cátedra Virtual 2015: “Mujeres, Igualdad e Interseccionalidad en la Administración de Justicia”
El martes 10 de marzo inició el ciclo de Cátedras Virtuales 2015, que organiza la Fundación Justicia y Género de Costa Rica, con la participación de la Comisión para la Igualdad de Género del Poder Judicial y la Dirección de Familia, Niñéz, Adolescencia y Género (DIFNAG), con el tema: “Mujeres, Igualdad e Interseccionalidad en la Administración de Justicia”, dicha transmisión se realizó a través de una teleconferencia.
El Instituto de Estudios de Género de la Universidad Estatal a Distancia (UNED), aprovechó la conmemoración “Día Internacional de la Mujer”, para rendirle un homenaje a la Dra. Alda Facio Montejo por su larga trayectoria en la lucha por el reconocimiento y protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación contra la mujer tanto a nivel nacional como internacional. La Dra. Facio es jurista, catedrática y escritora, actualmente es directora del Programa Mujer, Justicia y Género del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito (ILANUD), quien en ésta videoconferencia participó como moderadora.
Explicación del tema
Hablar de mujeres, igualdad e Interseccionalidad desde el Poder Judicial es remontarnos, en su fase más reciente, al mes de agosto del año 2006, de forma específica, al desarrollo del proyecto denominado: “El Poder Judicial hacía la comunidad”. Dicho proyecto consistió en la realización de talleres a nivel nacional sobre Equidad de Género y Violencia Intrafamiliar dirigido a las asociaciones de padres y amigos de la escuela, amas casa y líderes comunitarios; en el mismo se identificaron las necesidades y las líneas de acción a seguir.
Nos econtramos en esos talleres que las mujeres veíamos como común, como natural una serie de situaciones que a todas luces son discriminatorias, como las mujeres de la obra: “La Casa de las Muñecas”, escrita en 1879 por Henrik Ibsen, primera obra feminista; mujeres que estando en un grupo no se sentian parte, no se veían dentro del conglomerado mujer.
La experiencia recibida en dichas jornadas fue lo que motorizó de una manera determinante que el Poder Judicial, en el año 2007, específicamente el primero de noviembre, aprobara la Política para la Igualdad de Género del Poder Judicial; en esa política se presenta como técnica analítica lo que es la futura instalación de un observatorio, en ese entonces observatorio contra la violencia intrafamiliar. Luego de iniciado y tener ese intrumento, nos incertamos en un proceso de sensibilizacion, porque para mirar desde la igualdad hay que sentir la igualdad y hay que pensar en la igualdad, para poder darnos cuenta de cuando tenemos ante nosotros/as una discriminación directa o indirecta.
Una experiencia importante durante las jornadas de sensibilización para jueces y juezas del orden judicial, se nos presentó una situación, de una jueza que en medio de la jornada estaba llorando y decía: “Yo soy discriminada”; ahí sirvió para nosotros/as ver, como punto de partida, en el sentido de que una mujer puede pertencer a la clase social que sea, puede tener el status social que sea, puede tener una posición hasta cierto punto de privilegio ante otras mujeres, pero es pasible de sentir la discriminación, de sentirse violentada.
En el año 2007 se pensó desde la transversalidad, que consiste en una estrategia para integrar la perspectiva de género al conjunto de políticas institucionales, teniendo en cuenta de forma sistemática, las necesidades e intereses, tanto de mujeres como de hombres, con el objetivo de promover la igualdad entre ambos sexos desde la fase de planificación, sus efectos en las situaciones respectivas de unas y otros cuando se apliquen, supervisen y evalúen.
A fin de hacer operativa la Política de Igualdad de Género del Poder Judicial, el 21 de octubre del año 2010, mediante resolución núm. 2751-2010 fue aprobado el Reglamento para la Aplicación de la Política de Igualdad de Género, con la transversalidad como principio rector y la igualdad y la no discriminación como principios inspiradores, lo que implicó pasar de la teoría a la práctica a través de técnicas tanto analíticas como educativas.
La responsabilidad de desarrollas las técnicas educativas ha estado al frente de la Dirección de Familia, Niñez, Adolescencia y Género (DIFNAG) y la Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ); las técnicas educativas comprenden desde la sensibilización mediante charlas y talleres hasta cursos de una mayor duración dirigidos a las personas integrantes del Poder Judicial de ambos sexos, ya que, ningún cambio fundamental a favor de la mujer será posible sin que se produzca un cambio masivo en las actitudes masculinas.
La técnica analitica es el Observatorio de Justicia y Género, que nace con la Política de Igualdad de Género y se materializa con el Reglamento para la Igualdad de Género, cuyo objetivo principal es el logro de la igualdad mediante la no discriminación; el Observatorio, a través del análisis, reflexión y propuestas, brinda un espacio que asegura y propicia el mejoramiento en el acceso y el funcionamiento en la administración de justicia bajo la perspectiva de la transversalidad de género y los derechos humanos.
Una de las principales funciones del Observatorio Justicia y Género lo es la recopilación jurisprudencial de las decisiones dictadas por los jueces y juezas del orden judicial así como el diseño de indicadores desde una perspectiva interseccional, ya que sin datos no hay visibilidad.
Hemos estado recorriendo un camino desde el Poder Judicial, que es el Poder del Estado responsable de impartir de justicia en condiciones de igualdad y evitando la discriminación, tomando en cuenta que todas las personas tenemos el mismo valor.
Respecto a la no discriminación, es importante destacar que, desde una perspectiva interseccional, no sólo debe de tomarse en cuenta la variable género sino otras variables tales como la edad, discapacidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condicion social o personal, lo cual se encuentra establecido en el artículo 39 de la Constitución Dominicana del 26 de enero de 2010.
La interseccionalidad consiste en profundizar en la transversalidad, es, no mirar desde un enfoque unitario que considera un solo eje de desigualdad como el más relevante, por ejemplo, solo el género ni desde un enfoque múltiple, tratando diferentes desigualdades como si tuvieran igual relevancia sino interseccional, considerando las intersecciones entre diferentes desigualdades y trata las relaciones entre los distintos ejes de desigualdad.
Si para pensar y actuar desde la transversalidad se hace necesario ponernos las “gafas” de la transversalidad, para pensar y actuar desde la interseccionalidad debemos reforzar esas “gafas”, lo cual ha sido y es un compromiso del Poder Judicial Dominicano, concluyó la magistrada Díaz Villafaña.
Respecto a la exposición de Martha Cristina Díaz Villafana, Alda Facio Montejo señaló: "Es importante lo que dijo la señora jueza de República Dominicana, que hay que ver con otras gafas la variable de género, y que esto no significa que vamos a sustituir la transversalidad por la interseccionalidad, sino que esta última es una variable más profunda, que ve de manera integral toda la problemática de la discriminación".
"La mujer no solo es mujer, sino que tiene etnia, raza, estatus migratorio, preferencia sexual, nacionalidad y diversidades varias que la caracterizan... Eso es lo que tenemos que ver, la interseccionalidad como algo integral, que no solo quede en la etiqueta de mujer, sino que veamos más allá de ello", expresó la Dra. Facio.