Blog de la Escuela Nacional de la Judicatura

La ética de la función judicial y el desempeño del juez

publicado por Rosa Maria Cruz en Funcional

Autor: Claudia Alexandra Canáan Díaz.

Correo electrónico: claudiacanaan@hotmail.com

Cargo: Juez de la Instrucción, Santiago Rodríguez.

Perfil del autor: Licenciada en Derecho, egresada de la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA). (1986-1990), Diplomado en Derecho Procesal Penal en la Universidad O & M, (2004), cuenta a demás con varios cursos virtuales impartido por la Escuela Nacional de la Judicatura, tales como: Diplomado en Derecho Procesal Penal, impartido en el periodo Mayo 2007 - Marzo 2008, Convenios Internacionales, Técnica en Litigación y Carrera Judicial.

Curso Virtual: Carrera Judicial.

Docentes: Marta González, Esperanza Javier, Eulalia Vásquez, Ingrid Pimentel, Yrma Díaz, Luz Mata, Rafael Camilo, Duane Pujols, Elka Reyes.

Título del texto: La ética de la función judicial y el desempeño del juez.

Resumen del texto: “Vamos a comenzar definiendo lo que es la ética Judicial según la versión de la magistrada Dr. GISELA CUETO ayudante del Procurador de la Republica en la gestión pasada, definió la ética Judicial, en el foro permanente celebrado en la fecha 11 y 12 de abril del 1997, por el Comisionado de la Reforma y Modernización de la Justicia, en los trabajos sobre “Arbitraje, Propiedad Intelectual y Ética Jurídica” , diciendo que esta es “El Conjunto de Principios, de Normas al que debe sujetarse la conducta de los administradores de justicia; vale decir de los magistrados, jueces, de los miembros del Ministerio Publico, de los secretarios y de todo aquel que participa del alguna manera en la administración de justicia”. La magistrada CUETO apunto que esa búsqueda y esa lucha por el mantenimiento del cumplimiento del deber que se refiere o que concierne a la función misma que cada uno de los administradores realiza, viene a garantizar el cumplimiento del fin mismo de la justicia.

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Formación y Capacitación del Servidor Judicial en la República Dominicana

publicado por Rosa Maria Cruz en Funcional

Nombres: Nelson Eddy

Apellidos: Romero Alba

Dirección de correo electrónico: romero.nelson@gmail.com

Cargo e institución: Aspirante a Juez de Paz. Escuela Nacional de la Judicatura de República Dominicana.

Currículo o breve perfil: Licenciado en Derecho egresado de la Universalidad Autónoma de Santo Domingo (2001-2006). Realizó un Diplomado Sobre El Nuevo Código Procesal Penal, conjuntamente con Colegio de Abogados de la República Dominicana, el Programa de Apoyo para la Reforma y Modernización del Estado y la Universidad Interamericana, 2005. Asimismo, realizó un curso sobre Metodología de la Investigación Criminal en el Instituto de Dignidad Humana, P. N. 2005. Dominio de los idiomas inglés y francés. Se desempeñó como oficinista (secretario de estrados) en el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal Departamento Judicial de Santo Domingo en el año 2006 y de la Corte de Apelación de la Cámara Penal del Departamento Judicial de Santo Domingo en el año 2007. Actualmente se encuentra participando del Programa de Formación de Aspirantes a Juez de Paz grupo 1-2008, en la Escuela Nacional de la Judicatura.

Curso virtual: Ética Judicial

Docente Internacional: Héctor Mario Chayer. Director del Foro de Estudios sobre la Administración de la Justicia (FORES). Abogado, profesor de Filosofía y Ciencias de la Educación.

Docentes Nacionales: Ana María Pérez Zapata, Juez Presidente del Juzgado de Trabajo de San Pedro de Macorís y Juan Sabino, Juez del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de San Pedro de Macorís.

Resumen del texto: La capacitación es entendida como una necesidad, un deber y un derecho que tiene cada juez. Aunque en la práctica se presente y desarrolle como una actividad voluntaria del juez, la formación es fundamentalmente un deber pues de él depende en gran medida el acierto de sus decisiones y, en general, que preste un buen servicio a la sociedad, que gracias a los esfuerzos de la Suprema Corte de Justicia y la Escuela Nacional de la Judicatura, los Jueces de la República reciben formación continua obligatoria que les permite mantener cierto nivel de capacitación. El Código Modelo ha establecido que “el juez bien formado es el que conoce el Derecho vigente y ha desarrollado las capacidades técnicas y actitudes éticas adecuadas para aplicarlo correctamente”.

El buen juez necesariamente debe capacitarse ante el desafío de las nuevas realidades (delitos electrónicos, lavado de activos, delitos de medio ambiente, derecho de familia, propiedad intelectual e industrial, violencia intrafamiliar, entre otros), donde nos enfrentamos a nuevas normativas que son el soporte de los constantes cambios.

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