Blog de la Escuela Nacional de la Judicatura

¿Cómo ve la Comunidad Jurídica Dominicana a los Jueces?

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Autor: Héctor Mario Chayer

Perfil del Autor: es docente del curso de Ética Judicial de la Escuela Nacional de la Judicatura. Es Abogado, profesor de Filosofía y Ciencias de la Educación. Ha realizado un Postgrado de Especialización en Gestión de los Sistemas y las Tecnologías de la Información en la Empresa. Se desempeña como Director del Foro de Estudios sobre la Administración de la Justicia (FORES), a la vez que trabaja como responsable del rediseño de procesos y generación de propuesta de funcionamiento para todo el sistema judicial uruguayo. Es profesor de Gestión Judicial, Maestría en Magistratura, Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (2008); profesor invitado a la cátedra de Ética Judicial, Especialización en Derecho Judicial y de la Judicatura, Universidad Católica de Córdoba (2008). Autor de los libros: “Ética judicial y sociedad civil”, “La Justicia Civil y Comercial en Bolivia: Diagnóstico y recomendaciones para el cambio”; coautor de los libros “La responsabilidad judicial y sus dimensiones” y “corrupción judicial. Mecanismos para prevenirla y erradicarla”.

¿Cómo ve la Comunidad Jurídica Dominicana a los Jueces?

La forma en que la sociedad y los jueces dominicanos se relacionan, y las creencias de la sociedad sobre como proceden los jueces dominicanos, son un factor central para la transformación cultural que busca el Sistema de Integridad Institucional. ¿Qué nivel de autoidentidad tienen los jueces dominicanos? ¿Cuán cerca o lejos están del resto de la sociedad? ¿Qué cree la sociedad sobre cómo se solucionan los conflictos en los tribunales y cortes?

Las respuestas que encontremos a estas preguntas son claves, para determinar qué se puede hacer para elevar la cultura legal externa, el respeto a la ley, y la confianza que los conflictos se solucionan de manera justa e imparcial.

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Función Social de la Virtud, la pequeña Virtud y el talento Moral

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Autor: Juan Ramón Madrigal Heisse

Correo Electrónico: jmadrigalheisse@hotmail.com

Cargo: Juez del Tribunal Colegiado de San Juan de la Maguana.

Función Social de la Virtud

Es innegable que el hombre mediocre trata de dar cumplimiento a las leyes, puesto que al no conocer las consecuencias que le puede traer tal incumplimiento, por no saber lo que son sus derechos y deberes, lo hace temeroso. Los que piensan como profetas pueden verse compelidos a actuar como filisteos, cuya costumbre era la migración en los pueblos en mucho de sus actos. Los filisteos se establecieron en el siglo XII, a.c, en la costa de palestina, enemigos legendarios de los hebreos, fueron sometidos por David.

Puedo señalar que cuando el autor de la obra dice que somos mejores que nuestros abuelos, solo quiere expresarse en relación con la moral contemporánea, fuera más exacto decir que diferimos de ellos. Puedo señalar a mi entender, que ciertamente los antepasados nuestros eran moralmente más puros o cuidadosos, ya que con la modernidad de ahora los seres humanos tenemos menos moral, o es más cuestionada que antes y eso se debe a la ambición en todos los sentidos, por ejemplo: una persona con el fin de tener lo que sus ingresos no le permite y que desea tener cosas materiales inalcanzable con  los ingresos que recibe y en relación con lo que es la vida de mujer hombre, es decir, en el campo sentimental en el caso del hombre que está en conquista, busca toda clase de posibilidades para conseguir su propósito, para ello hay que invertir y se cometen algunas actuaciones inadecuadas por las debilidades.

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Aplicación del Principio de Prudencia

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Autor: Pedro Rafael Ulloa Mora

Correo Electrónico: pedroulloa1@hotmail.com

Cargo: Juez de Ejecución de la Pena Departamento Judicial de Pto. Pta.

Aplicación del principio de prudencia en la instrucción del proceso.

Este análisis es de mucha importancia para el juez, en el sentido de que un buen administrador de justicia está en el deber y la obligación de valorar cada una de las piezas que le han sometido para su consideración. Estas alegaciones que han sido sometidas por las partes deben ser analizadas  por el juez con sumo cuidado y cautela, bajo un marco jurídico ya establecido y haciendo uso de la facultad del principio de la prudencia para dar contestación a lo que las partes le piden. Prudente porque el juez tiene que actuar apegado bajo una norma jurídica establecida y el principio de la prudencia, antes de acoger o rechazar cualquier pedimento que le hayan hecho las partes envueltas en el proceso.

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Formación y Capacitación del Juez

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Autor: Vanessa Elizabeth Acosta Peralta

Cargo: Juez del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional.

Ensayo sobre la Formación y Capacitación

Ser juez no es un simple empleo gubernamental, es un cargo donde se asume un gran compromiso social, es decir, la sociedad necesita jueces con conciencia y comprometidos con su labor. El derecho por su naturaleza social no es estático, cada día surgen nuevas situaciones que necesitan una normativa legal, actualmente en nuestro país las normas procesales se están modificando para que estén en consonancia con los principios constitucionales, por ejemplo existe un código procesal penal, una ley de amparo, una nueva ley de casación..etc; por ende el juez debe estar actualizado sobre los cambios, y mantenerse capacitándose para así lograr dar una correcta sentencia.

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Independencia Judicial

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Autor: José Miguel García Mateo

Cargo: Juez de Paz del Municipio de Villejuelo, San Juan de la Maguana.

Independencia Judicial

La Constitución de la República Dominicana en su artículo 4. establece que el gobierno de la nación es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo. Se divide en poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. Estos tres poderes son independientes en el ejercicio de sus respectivas funciones, sus encargados son responsables y no pueden delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por la constitución y las leyes.

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El Hombre Mediocre

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Autor: Artur Cesar de Souza.

Cargo: Juez Federal de Brasil.

Perfil: Doctor en Derecho en las relaciones sociales de la Universidad Federal de Paraná (UFPR). Post-Doctorado en la Universidad Estatal de Milano, Post-Doctorado en la Universidad de Valencia, Post-Doctorado en la Universidad Federal de Santa Catarina. Profesor titular de la Universidad del Norte de Paraná. Ex-miembro del Ministerio Público del Estado de Paraná. Posee los siguientes libros publicados en Brasil: A Parcialidade Positiva do Juiz y Os efeitos da revelia e o contraditório - perspectiva crítica dos efeitos da revelia em face da natureza dialética do processo.

El Hombre Mediocre

Para Ingenieros el hombre mediocre, así como la personalidad humana, sólo pueden definirse en relación con la sociedad en que se vive y por su función social. Con esta idea, José Ingenieros, de cierta forma establece que los criterios de la mediocridad no son metafísico, incluso abstracto, porque están concentrados en el ámbito social y el punto de vista histórico correspondiente.

Se observa que no hay que buscar los valores individuales en una perspectiva aristotélica, es decir, la normalidad no está en el medio plazo, porque el hombre medio no existe, ya que la humanidad está en constante evolución. El hombre promedio de ayer no es igual al hombre medio de  hoy. Por lo tanto, no se considera en la perfección original del hombre, es decir, el hombre primitivo. Creo que esta perspectiva de Ingenieros es lamentable, porque no hay verdad absoluta, ya que la verdad es la verdad histórica en cada momento de la humanidad. Esto también sirve para la caracterización de la mediocridad.

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La Responsabilidad y la Dedicación como Principios Éticos tanto en el curso de los procesos como en materia disciplinaria

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Autor: Francisca Gabiela García de Fadul

Cargo: Juez Primera Sustituta de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago.

Perfil del Autor: Licenciada en Derecho  y Post Grado en Administración De Justicia Penal (Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra). Post Grado De Propiedad Intelectual, (Universidad de Los Andes, Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas). Maestría en Derecho Constitucional (Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra y Universidad de Castilla la Mancha). Cursa Actualmente  un Doctorado en Derecho Constitucional  (Universidad de Castilla la Mancha).

La Responsabilidad y la Dedicación como Principios Éticos tanto en el curso de los procesos como en materia disciplinaria

El concepto de responsabilidad está ligado estrechamente como contraprestación al incumplimiento de un deber, de una obligación, de un compromiso, de una atribución o función legalmente asignada. En otro sentido, se dice que tal persona es responsable porque asume o adopta una decisión, o tiene el mando o control de una situación.

Es oportuno establecer lo que señala Gabriela Secada Flores, jurista mexicana, en lo referente al concepto de responsabilidad que deben tener los jueces, en ese sentido afirma que ‘’la fe de un pueblo en la justicia, como valor esencial de la democracia, debe ser mantenida por los tribunales a los más alto niveles de la responsabilidad pública’’.

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Visión de la ética de Inmanuel Kant

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Autor: Daisy Indhira Montás Pimentel

Cargo: Juez egresada en la 3ra. Promoción de la ENJ. Actualmente Juez  del Primer Tribunal Colegiado de la Provincia Santo Domingo.

Visión de la ética de Inmanuel Kant

La ética de Kant no parte del concepto de naturaleza humana, según una larga tradición, pues considera que no es posible el paso del hecho a la norma, del ser al deber ser. Kant tampoco acepta partir del concepto de felicidad, como se hace desde Aristóteles, para la definición del bien moral. La felicidad es un concepto muy subjetivo y por eso es difícil que sea la base idónea para apoyar a la ética. De ahí que Kant nos dirá más luego que si la felicidad ha de tenerse en cuenta en la ética, deberá ser la felicidad de los otros, en cuyo caso incluso también la mía.

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La prudencia

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Autor: Walter Vinicio Contreras Ramírez

Cargo: Empleado de la Corte Suprema de Justicia de la República de Guatemala.

La prudencia

La prudencia es la forma de comunicarse con los demás por medio de un lenguaje claro, literal, cauteloso y adecuado. Es actuar respetando los sentimientos, la vida y las libertades de las demás personas. Es la derivación lingüística a la ciencia del derecho y a las normas que tienen su origen en las sentencias de los tribunales. Pero con el transcurso del tiempo, el uso de la palabra se fue restringiendo a estas dos acepciones derivadas, sobre todo a la última, sin que el conocimiento de lo justo conservara el clásico apelativo de “prudencial”. Lo que es más, la misma palabra Prudencia fue objeto de un paulatino descrédito, pasando a significar la simple cautela o una actitud de apocamiento o de temor excesivo. Para el lenguaje vulgar, el “prudente” se transformo de un virtuoso en un timorato, siempre dispuesto a evitar cualquier riesgo o aventura. Resultaba difícil, por ello, hablar de prudencia jurídica como de un modo especial e indispensable de conocimiento del derecho, por lo que pasó al olvido la aceptación primera del término, que designaba al conocimiento de lo justo en su máxima concreción.

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Crisis de Valores

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Autor: Luz Haydeé Herrera

Cargo: Psicóloga Forense. Docente en la Escuela Judicial de la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua, al igual que en la Universidad Católica Redemptoris Mater (UNICA).

En gran medida la crisis de valores tiene que ver con el “vacío moral” que López Aranguren menciona. Es un vacío moral que no se llena desde la niñez, y se transmite de padres, madres a hijos e hijas. Considero que esta crisis no inicia con nuestra generación, sino que estamos cosechando frutos del pasado, y más grave aún, sembrando para el futuro (generaciones que nos siguen). Gran parte de la humanidad ha olvidado, abandonado valores universales e intemporales como el respeto a la persona humana, los derechos del hombre, derechos humanos, el bienestar común, respeto a la vida, a la niñez, a los ancianos, al medio ambiente…, Desde el momento en que se valora mucho más un bien material que una vida humana, se tergiversa todo el sentido de los que consideramos “valores humanos”, derechos humanos.

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